LA COMISIÓN CONJUNTA DE LA CUENCA DEL RÍO
SUMAPAZ (MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, CORPORACIONES
AUTÓNOMAS REGIONALES DE CUNDINAMARCA –CAR. Y TOLIMA – CORTOLIMA), CONFORME AL
DECRETO 1076/2015 Y LA RESOLUCIÓN 0509/2013 DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE,
CONVOCAN A:
Organizaciones que asocien o agremien campesinos, sectores productivos, personas prestadoras de servicios de acueducto y alcantarillado, Organizaciones no Gubernamentales-ONG´S cuyo objeto sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, Juntas de Acción Comunal e Instituciones de Educación Superior, pertenecientes a:
Bogotá D.C. Localidad 20, municipios de Agua de Dios, Arbeláez, Cabrera, Fusagasugá, Granada, Nilo, Pandi, Pasca, Ricaurte, San Bernardo, Sibaté, Silvania, Soacha, Tibacuy y Venecia en Cundinamarca, así como a; Carmen de Apicalá, Suárez, Icononzo y Melgar en Tolima, aspirantes a ser miembros del Consejo de Cuenca del río Sumapaz.
REQUISITOS
1. Para los electores: Los
representantes legales de las personas jurídicas convocadas, que aspiren a
participar en la elección de sus representantes ante el consejo de cuenca,
deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos (Artículo
Tercero, Numeral 1, Resolución 0509 de 2013):
a)
Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica,
expedido por la entidad competente, dentro de los tres meses anteriores a la
fecha límite para la recepción de documentos
b)
La persona jurídica deberá haberse constituido por lo menos con un (1) año de
anterioridad a la fecha de elección
c)
Breve reseña de actividades desarrolladas en la respectiva cuenca durante el
último año.
2. Para los candidatos:
Además de los anteriores requisitos, si las entidades desean postular candidato
deberán aportar la siguiente documentación (Artículo Tercero, Numeral 1,
Resolución 0509 de 2013):