Sorprenden en flagrancia a empresa en Soacha vertiendo aguas industriales

Una tubería vierte agua turbia en una cámara abierta de concreto. En el fondo se observan espuma y residuos sólidos; varias barras metálicas oxidadas cruzan la abertura.
Tal como se informó recientemente, una veintena de municipios de la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR se encuentran en algún grado de alerta por desabastecimiento hídrico, por lo cual, la entidad redobló sus acciones de control y vigilancia contra actividades que pongan en riesgo los recursos agua, suelo y aire.

En consecuencia, en las últimas horas, profesionales de la dirección regional Soacha, de la CAR impusieron una medida preventiva en flagrancia a una empresa que desarrollaba actividades de almacenamiento, lavado, tratamiento y reconstrucción de tambores metálicos y garrafas plásticas que contienen residuos peligrosos sin contar con funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR).

“Estas actividades venían generando aguas residuales que deben manejarse adecuadamente y recibir el tratamiento correspondiente antes de su descarga al alcantarillado público del municipio de Soacha; esta empresa está ubicada en el barrio Santa Ana”, explicó la directora (e) de la regional de Soacha, Paola Andrea Montes Lázaro.

Aunque el personal de la empresa manifestó que la suspensión del sistema obedecía a un cortocircuito ocurrido ese mismo día, las condiciones observadas indicaban que la interrupción podía ser superior a un día, sin embargo, se evidenció que las aguas residuales que no ingresaban a la PTAR estaban siendo descargadas directamente al alcantarillado público del municipio de Soacha, sin recibir el tratamiento correspondiente.

Desde la Corporación se considera que esta situación constituye un riesgo ambiental y evidencia el incumplimiento de las condiciones requeridas para el manejo y la descarga de las aguas residuales.

La medida ordena suspender los vertimientos de aguas residuales sin tratar al alcantarillado público y, en consecuencia, las actividades que generan dichas aguas residuales, hasta que la PTAR se encuentre en correcto funcionamiento y se demuestre el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable.

“Se revisaron los certificados de disposición de aguas residuales presentados por la empresa. Sin embargo, estos documentos no permiten comprobar que se haya realizado la disposición final adecuada de los residuos”, afirmó Montes Lázaro.

La empresa tampoco presentó actas, ni los certificados correspondientes que permitan verificar la entrega efectiva de los residuos a las empresas encargadas de hacer estas recepciones y su disposición final. Por lo tanto, la documentación aportada no demuestra que las aguas residuales y lodos hayan sido entregadas y dispuestas adecuadamente.

“Se recuerda que la responsabilidad del generador sobre sus residuos sólidos y líquidos no termina con su entrega a una empresa recolectora o transportadora. El generador debe garantizar y acreditar que estos sean manejados y entregados a gestores autorizados, según corresponda, hasta que se realice su tratamiento o disposición final de manera adecuada”, dijo la directora (e) de la regional de Soacha.

Finalmente, la Corporación realizará el correspondiente muestreo para contrarrestar de manera independiente los resultados de los análisis físico químicos exigidos a la empresa.

“Los resultados de los monitoreos de la empresa y del contra muestreo de la CAR deberán demostrar el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al vertimiento al alcantarillado público. La empresa deberá presentar los soportes que acrediten la entrega y disposición final de los residuos líquidos gestionados por terceros, incluyendo las actas o certificados emitidos por el gestor que efectivamente realiza dicha actividad”, puntualizó Paola Montes.

    ¡Cuidado! Hojas de sen no adelgazan y su consumo prolongado afectaría el hígado

    “Natural” no siempre significa inofensivo.
    Las plantas contienen sustancias que actúan en
    el organismo y antes de consumirlas también se
    deben conocer sus efectos y posibles riesgos.
    Foto: Valeria Peña, Unimedios
    agenciadenoticias.unal.- El caso apareció al revisar los antecedentes de una mujer de 58 años que llegó al Hospital, a quien se le preguntó si usaba de plantas medicinales, y allí surgió un dato que podría pasar inadvertido. Por recomendación de una persona cercana, ella tomó infusiones de hojas de sen durante cerca de un año, para adelgazar. Aunque la práctica clínica no permite establecer si este consumo causó sus problemas de salud posteriores, sí puso sobre la mesa los riesgos asociados con el uso prolongado de esta planta.

    La mujer, procedente de Facatativá, ingresó con diabetes mellitus tipo 2, hipertensión arterial y sobrepeso. “Ella conseguía las hojas de sen fácilmente en una plaza de mercado, preparaba la infusión en agua caliente y la consumió de manera repetida durante casi un año”, cuenta la estudiante Mariana Contreras García, de último semestre de Farmacia de la UNAL, quien realiza su práctica clínica en La Samaritana con su compañera María José Rocha Vanegas.

    Y sí, perdió peso, pero el problema está en entender por qué. El sen (Senna alexandrina) es una planta de la familia de las leguminosas, originaria de una amplia franja que va desde el Sahara y el Sahel africanos hasta el subcontinente indio, y hoy también está presente en Colombia.

    Sus hojas se han utilizado por su acción laxante, que proviene de compuestos conocidos como antraquinonas. Al llegar al intestino grueso, estos estimulan sus movimientos y modifican la absorción de agua y electrolitos. El resultado no es una quema de grasa, sino más líquido dentro del colon, heces más blandas y evacuaciones más frecuentes.

    “Ese estado de laxante permanente hace perder líquidos y electrolitos, no absorber bien los alimentos, y en consecuencia la persona va perdiendo peso”, explica el profesor Ilvar Muñoz Ramírez, del Departamento de Farmacia de la UNAL, quien acompañó a las estudiantes durante la entrevista clínica a la paciente, como parte de la práctica que realizan en el Hospital.

    Las prácticas clínicas acercan los estudiantes a los
    pacientes y les permiten identificar hábitos,
    tratamientos y consumos que pueden incidir
    en su salud.
    Fotos: archivo Unimedios
    Una hoja que se activa dentro del intestino

    La explicación de lo que sucede después de beber una infusión de sen está en una pequeña cadena de transformaciones químicas que comienza cuando sus componentes llegan al colon.

    “El sen actúa como un laxante estimulante. Cuando sus componentes llegan al colon, las bacterias intestinales los transforman en sustancias activas que ponen al intestino en movimiento y modifican la manera como maneja el agua y los electrolitos, estimulando la motilidad colónica porque actúan sobre las terminaciones nerviosas”, explica la estudiante Rocha.

    Esto quiere decir que estimulan las contracciones que ayudan a mover el contenido por el intestino, y al mismo tiempo hacen que se absorba menos agua y que una mayor cantidad permanezca en el colon. Así las heces se ablandan y las evacuaciones se hacen más frecuentes.

    El efecto ocurre, por un lado, porque estas sustancias estimulan las terminaciones nerviosas que intervienen en las contracciones intestinales, y por otro lado porque disminuyen la absorción de agua y electrolitos y favorecen su paso hacia el interior del colon.

    Así se ablandan las heces y aumenta la facilidad y frecuencia de las deposiciones. Ese mecanismo explica por qué el sen puede ser útil como laxante, pero también por qué no debería convertirse en una bebida de consumo cotidiano.

    “Es importante consumir estas hojas en periodos cortos, de alrededor de una semana, pero la paciente lo hizo durante cerca de un año”, agrega la estudiante.

    El hígado también entra en escena

    El intestino no es el único órgano que puede verse comprometido cuando el consumo del sen se vuelve crónico.

    La estudiante Rocha anota que algunos metabolitos presentes en la planta son altamente reactivos y pueden afectar los hepatocitos —principales células del hígado encargadas de funciones esenciales como procesar nutrientes, transformar sustancias potencialmente tóxicas y producir proteínas necesarias para el organismo—, al interferir en el proceso mediante el cual producen la energía que necesitan para funcionar. Si esa afectación se mantiene en el tiempo puede comprometer el funcionamiento del órgano, por eso el consumo crónico genera un daño hepático muy grave.

    Estos compuestos pueden interferir particularmente en el funcionamiento de las mitocondrias, estructuras que suministran la energía que las células necesitan para cumplir sus tareas.

    Cuando el equipo conoció a la paciente, ella ya tenía diagnóstico de cirrosis hepática y una lesión focal en el hígado. Los médicos estudiaban además la probabilidad de un hepatocarcinoma o tumor maligno originado en el órgano.

    El caso clínico no demuestra que el consumo del sen haya causado estas enfermedades. La revisión realizada durante la práctica permitió establecer que existía un antecedente de consumo prolongado de la planta, y que, por sus efectos conocidos y el tiempo de consumo, resultaba relevante dentro de la historia clínica de la paciente.

    La mujer fue dada de alta y quedó pendiente de una biopsia y de nuevos controles médicos para establecer la naturaleza de la lesión hepática.

    Natural no quiere decir inocuo

    La estudiante Contreras señala que el caso también deja una enseñanza sobre la manera como se aborda a los pacientes en un país como Colombia, en donde el uso de plantas medicinales está profundamente arraigado en la vida cotidiana.

    “Una parte importante de nuestra cultura es usar las plantas para curar, por eso los químicos farmacéuticos deben tener en cuenta el contexto de cada paciente y preguntarle expresamente por este consumo”, recalca, y hace una advertencia sencilla pero relevante: “el hecho de que sean plantas, que sean productos naturales, no significa que no nos vayan a hacer daño”.

    Esa percepción de seguridad puede hacer que una infusión, un extracto o incluso un producto comercial de origen vegetal se consuma durante semanas o meses sin que la persona lo mencione cuando consulta al médico.

    Las plantas también contienen sustancias químicas capaces de producir efectos en el organismo. Algunas pueden modificar la acción de los medicamentos: aumentarla, disminuirla o interferir con ella.

    “Muchos metabolitos de algunas de estas plantas pueden tener interacciones con algunos de los otros medicamentos”, agrega la estudiante Rocha.

    Desde la botica se emite por Radio UNAL e informa a la
    audiencia sobre medicamentos, salud y uso seguro de
    productos naturales.
    Recuerda además que los productos derivados de las plantas son mezclas complejas de diferentes metabolitos, mientras que un medicamento convencional suele estar compuesto por un principio activo, excipientes y una tecnología farmacéutica determinada. La diferencia no significa que uno sea bueno y el otro malo, sino que ambos producen efectos en el organismo y se deben emplear con conocimiento de sus beneficios y riesgos.

    “Aunque los dos tienen ventajas y desventajas, conocer a profundidad los medicamentos y las plantas nos permite extraer los mayores beneficios de ambos”, afirma.

    Por eso, durante las prácticas hospitalarias los futuros químicos farmacéuticos indagan no solo qué medicamentos formulados consume una persona, sino también qué infusiones, plantas o productos naturales utiliza. En este caso, una pregunta sobre ese consumo permitió recuperar un antecedente de hacía varios meses y ponerlo en diálogo con la situación clínica que llevó a la paciente al Hospital.

    Condenas e imputaciones contra agresores de animales en Cundinamarca, Bogotá y Antioquia

    Imagen de referencia creada por: IA - Gemini
    La labor investigativa de la Fiscalía General de la Nación, a través del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (GELMA), permitió avanzar en tres procesos relacionados con agresiones contra animales de compañía. Como resultado de las actuaciones, se obtuvieron dos condenas y se formuló imputación contra un hombre señalado de causar la muerte de una canina.

    Condenado por hurtar una canina y causarle graves afectaciones

    En atención a las pruebas recopiladas por la Fiscalía, un juez penal de conocimiento condenó a José Oliverio Silva por los delitos de hurto agravado y lesiones que menoscaben gravemente la salud o la integridad física del animal.

    Los hechos que motivaron la sentencia ocurrieron el 24 de agosto de 2025. El hombre se apoderó de una canina llamada ‘Keyra’, de raza pastor alemán, que se encontraba en un establecimiento de comercio. Posteriormente, la trasladó a otro lugar y la utilizó para realizar actos sexuales.

    En ese sentido, deberá cumplir una pena de 37 meses y 10 días de prisión, además de una inhabilidad para la tenencia de animales por 74 meses.

    Condena por agresiones reiteradas contra un perro en Envigado

    En otro proceso, Edgar Alexander Montañez Díaz fue condenado por el delito de maltrato animal agravado.

    Entre mayo y julio de 2024, en un inmueble de Envigado (Antioquia), esta persona sometió de manera reiterada a un perro criollo de nombre ‘Lucas’ a golpes y otras conductas violentas que le ocasionaron lesiones, sufrimiento y afectaciones acreditadas mediante peritajes veterinarios.

    Algunos de los ataques se produjeron en presencia de menores de edad y correspondieron a represalias contra su entonces pareja sentimental.

    La sentencia establece una pena de 20 meses de prisión e inhabilidad por el mismo término.

    Imputado por la muerte de una canina en Choachí

    Finalmente, la Fiscalía presentó ante un juez de control de garantías a Juan Gabriel Pinzón Rincón, como presunto responsable de agredir con arma cortopunzante a la mascota de su compañera sentimental en medio de una discusión, en un inmueble de Choachí (Cundinamarca), el pasado 21 de agosto.

    El animal, una canina de nombre ‘Nena’, murió por la gravedad de las heridas recibidas.

    Pinzón Rincón fue imputado por el delito de muerte a animal agravada. Por disposición de un juez penal de control de garantías deberá cumplir medida de aseguramiento privativa de la libertad en su lugar de residencia.

    Media Maratón...

    Importante.

    El mapa del ruido en Cundinamarca: Soacha, Girardot y Zipaquirá encabezan la lista de contaminación auditiva

    La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) puso a disposición la cartilla ABC de Emisión de Ruido y Ruido Ambiental, una herrami...

    Buscar en CUNDINAMARCA - RED METROnet.