Mediante acción popular contralor de Cundinamarca pide que CODENSA se abstenga de realizar contratos de arrendamiento para el servicio de alumbrado público
Contraloría de Cundinamarca - Sandra Pureza Gómez .
- Los $73 mil millones de pesos que a la fecha han cancelado durante 14.6 años aproximadamente, 18 municipios (El Rosal, Simijaca, Chía, El Colegio, Cogua, Suesca, Zipaquirá, Madrid, Sibaté, Chocontá, Nemocón, La Palma, Tocancipá, Soacha, Tabio, Tausa, El Peñón y Cajicá) a CODENSA por los postes de luz, luminarias y redes de alumbrado público alertan sobre un posible detrimento patrimonial en Cundinamarca.
- Los $73 mil millones de pesos que a la fecha han cancelado durante 14.6 años aproximadamente, 18 municipios (El Rosal, Simijaca, Chía, El Colegio, Cogua, Suesca, Zipaquirá, Madrid, Sibaté, Chocontá, Nemocón, La Palma, Tocancipá, Soacha, Tabio, Tausa, El Peñón y Cajicá) a CODENSA por los postes de luz, luminarias y redes de alumbrado público alertan sobre un posible detrimento patrimonial en Cundinamarca.
Estos municipios, advierte el contralor departamental, Ricardo López Arévalo han pagado injustificadamente a CODENSA S.A. ESP mediante contratos de arrendamiento, no solamente el suministro de energía eléctrica para la prestación del servicio de alumbrado público, también el uso de la infraestructura que es parte inherente del servicio, así como la modernización (repotenciación) y expansión, a que hubiera lugar.
¿Cuántas veces los municipios de Cundinamarca tendrán que pagar por los postes de la luz?, pregunta el contralor al referir que al celebrar contratos de arrendamiento se ha impedido la transferencia de los bienes de infraestructura de alumbrado público a los municipios con el argumento de que un poste tiene una vida útil de 30 años y las luminarias de 15 a 20 años, entre otros argumentos. Situación distinta la que genera con un contrato de concesión en donde se pacta la cláusula de reversión.
Por esta razón el contralor solicita como medida cautelar dentro de la acción popular interpuesta, prohibir a CODENSA S.A. ESP, la suscripción de contratos de arrendamiento, y así como el cobro por el uso de la infraestructura exclusiva, a través de la cual se presta el servicio de alumbrado público para evitar la vulneración de derechos colectivos de la moralidad administrativa, entre otros.